CAPÍTULO 1: CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y NATURALEZA
Art. 1.- Constitución y denominación.
En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, Provincia de Pichincha, a los veintiún días del mes de Octubre de 2006 en reunión ordinaria de los presidentes y delegados de las diferentes Ramas de la Familia Vicentina se constituye en la Familia Vicentina Ecuador(FAVIE) como un ente jurídico de derecho privado, al amparo en lo dispuesto en el Título XXIX del libro del Código Civil y según el reglamento de Personas Jurídicas sin fines de lucro, publicado en el R.O. Nº 660 del 01 de Septiembre de 2002.
Art. 2.- Domicilio.
La Sede está ubicada en la calle Bolívar Oe6–110 e Imbabura. Casa Provincial de la Compañía de las Hijas de la Caridad – San Carlos, Quito – Ecuador.
Art. 3.- Naturaleza.
- Como Familia Vicentina, seguimos a Jesucristo Evangelizador de los Pobres, nos sentimos impulsados a compartir y encarnar nuestro carisma en las diversas culturas en espíritu de humildad, sencillez y caridad.
- La FAVIE es vínculo de unidad entre las diferentes Ramas a nivel nacional, en comunión con la Iglesia.
- Constatamos en la realidad del pueblo ecuatoriano experimenta la pobreza en sus múltiples formas: esto nos motiva a ofrecer un servicio desde la justicia y la solidaridad.
- Inspirados en el Magníficat de la Virgen María, estamos llamados a compartir el dinamismo del Carisma Vicentino y vivir su fuerza profética, denunciando las estructuras injustas, anunciando la Buena Nueva del Proyecto Salvador de Dios, mediante acciones justas y transformadoras de la sociedad.
CAPÍTULO 2: OBJETIVOS Y FINES ESPECÍFICOS
Art. 4.- Objetivos.
- Objetivo General.
Fomentar la unidad y la integración de las Ramas de la Familia Vicentina para un mejor servicio a los Pobres, respetando la identidad y autonomía de cada una de ellas.
- Objetivos específicos.
- Integrar a la Familia Vicentina del Ecuador por zonas.
- Impulsar proyectos comunes de formación Vicentina y de servicio a los Pobres con visión de cambio sistémico mediante la autogestión y colaboración.
- Establecer medios de difusión de actividades y comunicaciones entre todas las Ramas Vicentinas del Ecuador.
- Promover la participación activa de la FAVIE en el Consejo Ecuatoriano de Laicos Católicos (CELCA).
Art. 5. – Fines:
- Actuar con sentido de Iglesia, en comunión y participación con sus orientaciones, organizaciones y movimientos.
- Potenciar la vida humana, espiritual, pastoral y el compartir comunitario de las Ramas de la Familia Vicentina.
- Apoyarse mutuamente en el ejercicio del liderazgo en bien de los miembros de las diversas Ramas y de los Pobres.
- Motivar y promover la pastoral vocacional en las diferentes Ramas de la FAVIE.
Art. 6.- Para el cumplimiento de estos fines, la Familia Vicentina del Ecuador hará uso de los medios permitidos por la ley.
CAPÍTULO 3: DE LOS MIEMBROS
Art. 7.- Miembros.
Son miembros de la Familia Vicentina del Ecuador los integrantes de las siguientes Ramas:
- Asociación Internacional de Caridades (AIC).
- Congregación de la Misión (CM).
- Compañía de Hijas de la Caridad (HDLC).
- Sociedad de San Vicente de Paúl (SSVP).
- Asociación de la Medalla Milagrosa (AMM).
- Juventudes Marianas Vicencianas (JMV).
- Asociación Santa Luisa de Marillac (ASLM).
- Misioneros Indígenas Vicentinos (MIV).
- Misioneros Seglares Vicentinos (MISEVI).
- Luisitas y Vicentitos (LUVI).
- Otras Ramas que se constituyan con el Carisma Vicentino.
Art. 8.- Obligaciones de los miembros
- Ser consagrado en una de las Ramas de la FAVIE.
- Vivir la Espiritualidad Vicentina.
- Propagar el Carisma Vicentino en todas nuestras obras y servicios.
- Cumplir con espíritu de entrega y responsabilidad los Estatutos y Reglamentos de la FAVIE.
- Participar en las reuniones, asambleas, encuentros convocados por el Equipo Coordinador.
- Asumir las decisiones tomadas por la Asamblea Nacional, cumplir con las tareas asignadas, participar activamente en los proyectos de la FAVIE.
- Aportar económicamente para el funcionamiento de la FAVIE.
Art. 9.- Derechos de los miembros:
- Participar con opiniones, sugerencias y proyectos en beneficio de la colectividad.
- Elegir y ser elegido miembro del Equipo Coordinador.
- Los demás contemplados en este Estatuto y Reglamentos.
Art. 10.- Pérdida de la calidad de un miembro:
- Por renuncia voluntaria.
- Por fallecimiento.
- Por expulsión.
- Por extinción de la Rama.
- Por inasistencia a las actividades de FAVIE.
CAPÍTULO 4: DE LA ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN
Art. 11.- Organismos.
Los organismos directivos son:
- Asamblea Nacional.
- Equipo Coordinador.
- Como filiación a la Familia Vicentina Internacional.
Art. 12. - Asamblea Nacional.
- La Asamblea Nacional es el máximo organismo de participación y de gobierno.
Está conformado por:
- Equipo Coordinador.
- Visitadora de la Compañía de las Hijas de la Caridad y Visitador de la Congregación de la Misión.
- Presidente y/o Coordinador de cada Rama de la Familia Vicentina.
- Dos delegados consagrados por cada una de las Ramas.
- Asesores y Asesoras Nacionales de cada Rama.
Art. 13.- Atribuciones de la Asamblea Nacional.
- Nombrar al Equipo Coordinador.
- Revisar y aprobar los Estatutos y Reglamentos.
- Tomar decisiones, las mismas que serán aprobadas por mayoría simple.
- Reconocery aceptar a nuevas Ramas si las hubieran.
- Fomentar la formación continua de la Familia Vicentina a nivel Nacional y/o Zonal.
- Descubrir las nuevas pobrezas y luchar contra ellas.
- Buscar medios para cumplir con estas funciones.
- Todos los miembros de la Asamblea, tienen derecho a elegir y ser elegidos para formar parte del Equipo Coordinador.
- Se reunirá ordinariamente cada tres años y extraordinariamente cuando convoque el Equipo Coordinador.
Art. 14.- Equipo Coordinador.
Serán elegidos por votación secreta, de entre todos los miembros de la Asamblea Nacional ordinaria para un periodo de tres años, y podrán ser reelegidos por un periodo más.
Art. 15.- Integrantes del Equipo Coordinador.
- Coordinador(a).
- Vice- Coordinador(a).
- Secretario(a).
- Pro- Secretario(a).
- Tesorero(a).
- Asesor Nacional por la C.M.
- Asesora Nacional por las HDLC.
Art. 16.- Funciones del Equipo Coordinador.
- Organizar Asambleas, encuentros nacionales que favorezcan la unidad, la formación y la comunicación de la FAVIE.
- Elaborar y actualizar el banco de datos de la Familia Vicentina Ecuador, direcciones postales y electrónicas de las diversas Ramas, proyectos comunes, etc.
- Participar en las reuniones, encuentros de las diferentes Ramas de la FAVIE con temas de formación Vicentina.
- Impulsar la comunicación entre las Directivas Nacionales de cada Rama y con el Consejo Ecuatoriano de Laicos Católicos (CELCA).
- En ausencia definitiva de un miembro del Equipo Coordinador, este organismo tendrá la facultad de nombrar el sustituto.
- Buscar y contratar a profesionales para cumplir actividades específicas de la FAVIE.
- Incentivar experiencias de trabajo en común, como la realización de misión y de pastoral vocacional.
- Elaborar un plan de trabajo anual.
- Autorizar los gastos y buscar fuentes de financiamiento.
- Mantener actualizado el Portal Web de la FAVIE.
- Se reunirá de forma ordinaria cada tres meses y extraordinariamente cuando sea necesario.
Art. 17.- Funciones del Coordinador(a).
- Convocar y presidir las Asambleas Nacionales y del Equipo Coordinador.
- Ejercer la representación legal y eclesial de la FAVIE.
- Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos y las resoluciones tomadas.
- Asegurar la coordinación de los proyectos comunes.
- Presentar el informe de actividades a la Asamblea Nacional.
Art. 18.- Funciones del Vice- Coordinador(a).
En Ausencia temporal o permanente del Coordinador, el Vice- Coordinador asumirá sus funciones y las que delegue el Coordinador.
Art. 19.- Funciones del Secretario(a).
- Redactar las actas de cada asamblea o reunión.
- Llevar ordenadamente el archivo.
- Asegurar la comunicación y la difusión de la Familia Vicentina Ecuador con quienes sea necesario.
- Las comunicaciones oficiales serán firmadas en unidad de acto con el Coordinador(a).
- Constatar el cuórum de las sesiones, reuniones y asambleas.
Art. 20.- Funciones del Pro-Secretario(a).
En ausencia temporal o permanente del Secretario, el Pro-secretario(a) asumirá sus funciones y las que le delegue el Secretario.
Art. 21.- Funciones del Tesorero(a).
- Recaudar las cuotas ordinarias, extraordinarias y otros ingresos.
- Coordinar el financiamiento para los proyectos comunes.
- Elaborar conjuntamente con el Equipo Coordinador el presupuesto anual.
- Custodiar y administrar los fondos de la FAVIE.
- Manejar con el Coordinador(a) de la FAVIE la cuenta a nivel Nacional.
- Presentar un informe económico en cada reunión del Equipo Coordinador y en la Asamblea Nacional Ordinaria.
Art. 22.- Funciones de los Asesores Nacionales.
- Animar y Acompañar espiritualmente para realizar la misión de evangelizar y servir a los Pobres.
- Cuidar que la FAVIE viva y se rija por el espíritu Vicentino y no por otras corrientes de espiritualidad tradicionales.
- Ayudar al crecimiento humano de sus miembros.
- Preocuparse de buscar los medios necesarios para la formación en el ámbito bíblico, espiritual, vicentino, pastoral, social y eclesial.
- Velar para que la FAVIE trabaje en comunión con la Iglesia, manteniendo el carisma.
- Presentar informes periódicos de su gestión a la Asamblea Nacional de la FAVIE.
CAPÍTULO 5: RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS MIEMBROS
Art. 23.- Sanciones.
La FAVIE se inspira en el pensamiento y obras de San Vicente de Paúl, por lo tanto, se guía por criterios de convicción disciplinaria; es decir, se agotarán previamente todas las medidas para educar y prevenir el incumplimiento de las obligaciones por parte de los miembros y solo por excepción se establecen las siguientes sanciones.
- Amonestación verbal o escrita.
- Suspensión de los derechos como miembro, y
- Expulsión.
Art. 24. – Normas.
Las normas a seguir para la aplicación de las sanciones que trata el artículo anterior, en su orden son:
- Por indisciplina, por provocar a otros miembros y por observar una conducta que no compagina con los principios de la FAVIE.
- Por dos faltas consecutivas injustificadas a las Asambleas (siendo delegado/a), sesiones del Equipo coordinador y del incumplimiento de las comisiones para las que fueron designados.
- Serán merecedores de la suspensión, los miembros que mantengan una actitud sistemática de incumplimiento al presente Estatuto y del Equipo Coordinador y por actos disociadores, esta suspensión podrá ser cambiada por expulsión cuando así lo resuelva la Asamblea, según la gravedad del caso.
- La pena de expulsión definitiva será aplicada a un miembro por la malversación de fondos, mala administración, sin perjuicio de la acción penal correspondiente y a los que traicionan las finalidades de la Familia Vicentina Ecuador.
Art. 25.- Suspensión o expulsión.
- En caso de suspensión o expulsión definitiva la resolución la adoptará la Asamblea Nacional, y el Secretario o quien haga sus veces notificará por escrito a los miembros que hayan incurrido en tales faltas, para que puedan contestar a los cargos y hacer su defensa verbal o escrita, por sí o por intermedio de uno de los miembros de la FAVIE, en Asamblea Extraordinaria convocada para el efecto, organismo que resolverá lo pertinente.
- Tratándose de la expulsión de un miembro del Equipo Coordinador, se procederá a la elección de su reemplazo hasta completar el periodo para el que fue electo su antecesor.
CAPÍTULO 6: RÉGIMEN ECONÓMICO
Art. 26.- Financiamiento.
- Ordinaria:
- Cada Rama contribuirá con una cuota anual de 1 dólar por miembro.
- El Equipo Coordinador se empeñará en conseguir fondos para las actividades ordinarias y extraordinarias.
- Extraordinaria:
- Para proyectos especiales se pedirá a los Consejos Nacionales de cada Rama una cuota, acordada en la Asamblea Nacional de la FAVIE.
- Como regla general, las actividades organizadas por la FAVIE deben ser autofinanciadas por los participantes.
Art. 27.- Distribución de fondos.
Los fondos serán administrados con el respectivo presupuesto anual y tendrá las siguientes partidas.
- Para gastos de administración el 15%
- Para solidaridad y ayuda mutua el 50%
- Para actividades pastorales, culturales, sociales y deportivas el 25%
- Para gastos imprevistos el 10%
Art. 28.- Bienes.
Son Bienes de la FAVIE los muebles e inmuebles que se adquieran, los legados y donaciones.
Art. 29.- Apoyo a eventos Internacionales.
Para los representantes de la FAVIE a eventos de nivel internacional de la Familia Vicentina se entregará un apoyo económico de acuerdo a las posibilidades de la FAVIE.
CAPÍTULO 7: DISPOSICIONES FINALES
Art. 30.- Reformas
Estos Estatutos podrán reformarse a propuesta del 25% del total de la Asamblea Nacional después de un año que haya sido aprobado.
Art. 31.- Disolución.
El Equipo Coordinador de la FAVIE solo podrá disolverse por el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Ordinaria y cuando por la negligencia de los mismos paralicen sus funciones en el cumplimiento de los objetivos del ente social y de conformidad con la ley. En este caso la Asamblea Nacional resolverá el destino que se le dé a sus bienes.
Art. 32. - Autoridad.
- La FAVIE debe reconocer la autoridad de la Iglesia y del Estado, con el exclusivo fin de servir a los Pobres.
- No tiene finalidades políticas y no podrá realizar actividades de esta clase.
- Quedan prohibidas toda discriminación en razón de idioma, género, etnia, nacionalidad, origen social, posición económica, credo e ideología política.
CAPÍTULO 8: USO Y PROHIBICIÓN DE LA BANDERA DE LA FAVIE
Art. 33.- Uso.
En asambleas ordinarias, extraordinarias y eventos oficiales de la FAVIE.
Art. 34. Prohibiciones.
- No usarla en eventos o actos que no cumplan los objetivos o fines de la FAVIE.
- No usarla como vestimenta.
CAPÍTULO 9: DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. 35.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio del trámite de registro en el Ministerio de Inclusión Económica y Social, de conformidad a las disposiciones legales vigentes.
CERTIFICO:
Que los Estatutos anteriores fueron discutidos y aprobados en Asambleas Extraordinarias, los días sábado 10 de febrero de 2007 y 05 de julio de 2008. Reformados en Asambleas Ordinarias los días, sábado 14 de noviembre de 2015 y sábado 19 de enero de 2019.