Estatutos 2019

CAPÍTULO 1: CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y NATURALEZA

Art. 1.- Constitución y denominación.

En la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, Provincia de Pichincha, a los veintiún días del mes de Octubre de 2006 en reunión ordinaria de los presidentes y delegados de las diferentes Ramas de la Familia Vicentina se constituye en la Familia Vicentina Ecuador(FAVIE) como un ente jurídico de derecho privado, al amparo en lo dispuesto en el Título XXIX del libro del Código Civil y según el reglamento de Personas Jurídicas sin fines de lucro, publicado en el R.O. Nº 660 del 01 de Septiembre de 2002.

Art. 2.- Domicilio.

La Sede está ubicada en la calle Bolívar Oe6–110 e Imbabura. Casa Provincial de la Compañía de las Hijas de la Caridad – San Carlos, Quito – Ecuador.

Art. 3.- Naturaleza.

  1. Como Familia Vicentina, seguimos a Jesucristo Evangelizador de los Pobres, nos sentimos impulsados a compartir y encarnar nuestro carisma en las diversas culturas en espíritu de humildad, sencillez y caridad.
  2. La FAVIE es vínculo de unidad entre las diferentes Ramas a nivel nacional, en comunión con la Iglesia.
  3. Constatamos en la realidad del pueblo ecuatoriano experimenta la pobreza en sus múltiples formas: esto nos motiva a ofrecer un servicio desde la justicia y la solidaridad.
  4. Inspirados en el Magníficat de la Virgen María, estamos llamados a compartir el dinamismo del Carisma Vicentino y vivir su fuerza profética, denunciando las estructuras injustas, anunciando la Buena Nueva del Proyecto Salvador de Dios, mediante acciones justas y transformadoras de la sociedad.

CAPÍTULO 2: OBJETIVOS Y FINES ESPECÍFICOS

Art. 4.- Objetivos.

  1. Objetivo General.

Fomentar la unidad y la integración de las Ramas de la Familia Vicentina para un mejor servicio a los Pobres, respetando la identidad y autonomía de cada una de ellas.

  1. Objetivos específicos.
  • Integrar a la Familia Vicentina del Ecuador por zonas.
  • Impulsar proyectos comunes de formación Vicentina y de servicio a los Pobres con visión de cambio sistémico mediante la autogestión y colaboración.
  • Establecer medios de difusión de actividades y comunicaciones entre todas las Ramas Vicentinas del Ecuador.
  • Promover la participación activa de la FAVIE en el Consejo Ecuatoriano de Laicos Católicos (CELCA).

Art. 5. – Fines:

  1. Actuar con sentido de Iglesia, en comunión y participación con sus orientaciones, organizaciones y movimientos.
  2. Potenciar la vida humana, espiritual, pastoral y el compartir comunitario de las Ramas de la Familia Vicentina.
  3. Apoyarse mutuamente en el ejercicio del liderazgo en bien de los miembros de las diversas Ramas y de los Pobres.
  4. Motivar y promover la pastoral vocacional en las diferentes Ramas de la FAVIE.

Art. 6.- Para el cumplimiento de estos fines, la Familia Vicentina del Ecuador hará uso de los medios permitidos por la ley.


CAPÍTULO 3: DE LOS MIEMBROS

Art. 7.- Miembros.

Son miembros de la Familia Vicentina del Ecuador los integrantes de las siguientes Ramas:

  1. Asociación Internacional de Caridades (AIC).
  2. Congregación de la Misión (CM).
  3. Compañía de Hijas de la Caridad (HDLC).
  4. Sociedad de San Vicente de Paúl (SSVP).
  5. Asociación de la Medalla Milagrosa (AMM).
  6. Juventudes Marianas Vicencianas (JMV).
  7. Asociación Santa Luisa de Marillac (ASLM).
  8. Misioneros Indígenas Vicentinos (MIV).
  9. Misioneros Seglares Vicentinos (MISEVI).
  10. Luisitas y Vicentitos (LUVI).
  11. Otras Ramas que se constituyan con el Carisma Vicentino.

Art. 8.- Obligaciones de los miembros

  1. Ser consagrado en una de las Ramas de la FAVIE.
  2. Vivir la Espiritualidad Vicentina.
  3. Propagar el Carisma Vicentino en todas nuestras obras y servicios.
  4. Cumplir con espíritu de entrega y responsabilidad los Estatutos y Reglamentos de la FAVIE.
  5. Participar en las reuniones, asambleas, encuentros convocados por el Equipo Coordinador.
  6. Asumir las decisiones tomadas por la Asamblea Nacional, cumplir con las tareas asignadas, participar activamente en los proyectos de la FAVIE.
  7. Aportar económicamente para el funcionamiento de la FAVIE.

Art. 9.- Derechos de los miembros:

  1. Participar con opiniones, sugerencias y proyectos en beneficio de la colectividad.
  2. Elegir y ser elegido miembro del Equipo Coordinador.
  3. Los demás contemplados en este Estatuto y Reglamentos.

Art. 10.- Pérdida de la calidad de un miembro:

  1. Por renuncia voluntaria.
  2. Por fallecimiento.
  3. Por expulsión.
  4. Por extinción de la Rama.
  5. Por inasistencia a las actividades de FAVIE.